Acuerdos de Paz.
- Acuerdo Querétaro:
se firmó el 25 de julio de
1991, en Querétaro, México, y forma parte del Acuerdo de Paz Firme y Duradera , el cual concluyó el proceso de negociaciones de paz que duró alrededor
de una década y fue suscrito el 29 de diciembre de 1996. En términos generales,
se desarrollo para definir el objetivo final del proceso de negociaciones de
paz, para la búsqueda de paz por medios políticos, el fortalecimiento de la
democracia funcional y participativa, así como acordar las bases sobre las
cuales se consolidaría la convivencia democrática y participativa.
Acuerdos de Paz Sobre Derechos Humanos.
se
firmó el 29 de marzo de 1994, en México, el cual concluyó el proceso de
negociaciones de paz que duró alrededor de una década, En el Acuerdo global
sobre derechos humanos, el Gobierno y la URNG reconocen la importancia de las
instituciones y entidades nacionales dedicadas a la protección y promoción de
los derechos humanos, así como la conveniencia de fortalecer y consolidarlas.
- Acuerdo Para el Reasentamiento:
El
Acuerdo para el reasentamiento de las poblaciones desarraigadas por el
enfrentamiento armado se firmó el 17 de junio de 1994, en Oslo, la capital de Noruega,
La suscripción del acuerdo se llevó a cabo casi tres meses después que el
Acuerdo global sobre derechos humanos, como reiteración del compromiso por
establecer la paz en el país y en consideración de la “dimensión traumática
nacional que asumió el desarraigo durante el enfrentamiento armado en el pais.
- Acuerdo sobre el establecimiento de la Comisión
para el esclarecimiento histórico de las violaciones a los derechos humanos y
los hechos de violencia que han causado sufrimientos a la población
guatemalteca
La Comisión para el Esclarecimiento Histórico fue
establecida mediante el Acuerdo de Oslo, del 23 de junio de 1994, para
esclarecer con toda objetividad, equidad e imparcialidad las violaciones a los
derechos humanos y los hechos de violencia que causaron sufrimientos a la
población guatemalteca, vinculados con el enfrentamiento armado.
- Acuerdo sobre identidad y derechos de los pueblos indígenas
Hoy
en día los indígenas representan más de la mitad de la población total de
Guatemala, alrededor de 6 millones de habitantes. El Acuerdo sobre Identidad y
Derechos de los Pueblos Indígenas , firmado en 1995, reconoce que la
nación guatemalteca tiene un carácter multiétnico, pluricultural y multilingüe,
y que los pueblos indígenas incluyen a los pueblos Maya, Garífuna y Xinca
constituyen más del 75% de la población.
- Acuerdo sobre aspectos socioeconómicos y
situación agraria
Que una paz firme y
duradera debe cimentarse sobre un desarrollo socioeconómico orientado al bien
común que responda a las necesidades de toda la población, el desarrollo
socioeconómico requiere de justicia social, como uno de los cimientos de la
unidad y solidaridad nacional, y de crecimiento económico con sostenibilidad,
como condición para responder a las demandas sociales de la población.
Acuerdo sobre
fortalecimiento del poder civil y función del Ejército en una sociedad
democrática
Conforme al artículo 141 de la Constitución Política de la República, la
soberanía radica en el pueblo quien la delega para su ejercicio en los
Organismos Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Las Partes coinciden en que la
mejora, la modernización y el fortalecimiento de los Organismos del Estado
exigen el pleno y total respeto del principio de independencia, separación y no
subordinación entre ellos.
Acuerdo sobre el definitivo cese al fuego
Que el cese al fuego definitivo es el producto de la conclusión de los
acuerdos sustantivos del proceso de paz y que está relacionado también con los
acuerdos operativos sobre "Bases para la incorporación de la Unidad
Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG) a la vida política del país" y
"Cronograma para el cumplimiento y verificación de los acuerdos de
paz", por lo que la desmovilización escalonada de las fuerzas de la URNG
prevista en el presente Acuerdo debe darse simultáneamente con el inicio del cumplimiento
de los compromisos contenidos en los acuerdos de paz.
Acuerdo sobre
reformas constitucionales y régimen electoral
La Constitución en vigor desde 1986 plantea la responsabilidad del
Estado, como organización jurídico-política de la sociedad, de promover el bien
común y la consolidación del régimen de legalidad, seguridad, justicia,
igualdad, libertad y paz; y plasmó, como preocupación central, impulsar la
plena vigencia de los derechos humanos dentro de un orden institucional estable,
permanente y popular, donde gobernados y gobernantes procedan con absoluto
apego al derecho.
- Acuerdo sobre bases para la incorporación de la
Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca a la legalidad
- Acuerdo sobre el cronograma para la implementación, cumplimiento y
verificación de los acuerdos de paz
El proceso de negociación ha dado como resultado una agenda de alcance
nacional orientada a la superación de las raíces de la conflictividad social,
política, económica, étnica y cultural, así como de las consecuencias del
enfrentamiento armado, implementación de dicha agenda constituye un proyecto
complejo y de largo plazo que requiere la voluntad de cumplir con los
compromisos adquiridos y el involucramiento de los distintos Organismos del
Estado, así como de las diversas fuerzas sociales y políticas nacionales.
Acuerdo
de paz firme y duradera
La importancia del Acuerdo de Paz Firme y Duradera
radica en constituir el instrumento jurídico por medio del cual se pone fin a
un conflicto armado de más de tres décadas, el segundo más antiguo de América
Latina. O sea que constituye el medio formal por el que se logra hacer realidad
la dimensión negativa de la noción amplia de paz: la ausencia de conflicto
armado. Así como sirve de medio formal para dar culminación al enfrentamiento
armado, también es el medio legal fundante para el inicio de un proceso
incesante de construcción de la paz en sentido amplio, o sea una paz con
dimensiones positivas.
Acuerdos de Paz.
se firmó el 25 de julio de
1991, en Querétaro, México, y forma parte del Acuerdo de Paz Firme y Duradera , el cual concluyó el proceso de negociaciones de paz que duró alrededor
de una década y fue suscrito el 29 de diciembre de 1996. En términos generales,
se desarrollo para definir el objetivo final del proceso de negociaciones de
paz, para la búsqueda de paz por medios políticos, el fortalecimiento de la
democracia funcional y participativa, así como acordar las bases sobre las
cuales se consolidaría la convivencia democrática y participativa.
Acuerdos de Paz Sobre Derechos Humanos.
La Comisión para el Esclarecimiento Histórico fue
establecida mediante el Acuerdo de Oslo, del 23 de junio de 1994, para
esclarecer con toda objetividad, equidad e imparcialidad las violaciones a los
derechos humanos y los hechos de violencia que causaron sufrimientos a la
población guatemalteca, vinculados con el enfrentamiento armado.
Que una paz firme y
duradera debe cimentarse sobre un desarrollo socioeconómico orientado al bien
común que responda a las necesidades de toda la población, el desarrollo
socioeconómico requiere de justicia social, como uno de los cimientos de la
unidad y solidaridad nacional, y de crecimiento económico con sostenibilidad,
como condición para responder a las demandas sociales de la población.
Acuerdo sobre
fortalecimiento del poder civil y función del Ejército en una sociedad
democrática
Conforme al artículo 141 de la Constitución Política de la República, la
soberanía radica en el pueblo quien la delega para su ejercicio en los
Organismos Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Las Partes coinciden en que la
mejora, la modernización y el fortalecimiento de los Organismos del Estado
exigen el pleno y total respeto del principio de independencia, separación y no
subordinación entre ellos.
Acuerdo sobre el definitivo cese al fuego
Que el cese al fuego definitivo es el producto de la conclusión de los
acuerdos sustantivos del proceso de paz y que está relacionado también con los
acuerdos operativos sobre "Bases para la incorporación de la Unidad
Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG) a la vida política del país" y
"Cronograma para el cumplimiento y verificación de los acuerdos de
paz", por lo que la desmovilización escalonada de las fuerzas de la URNG
prevista en el presente Acuerdo debe darse simultáneamente con el inicio del cumplimiento
de los compromisos contenidos en los acuerdos de paz.
Acuerdo sobre
reformas constitucionales y régimen electoral
La Constitución en vigor desde 1986 plantea la responsabilidad del
Estado, como organización jurídico-política de la sociedad, de promover el bien
común y la consolidación del régimen de legalidad, seguridad, justicia,
igualdad, libertad y paz; y plasmó, como preocupación central, impulsar la
plena vigencia de los derechos humanos dentro de un orden institucional estable,
permanente y popular, donde gobernados y gobernantes procedan con absoluto
apego al derecho.
El proceso de negociación ha dado como resultado una agenda de alcance
nacional orientada a la superación de las raíces de la conflictividad social,
política, económica, étnica y cultural, así como de las consecuencias del
enfrentamiento armado, implementación de dicha agenda constituye un proyecto
complejo y de largo plazo que requiere la voluntad de cumplir con los
compromisos adquiridos y el involucramiento de los distintos Organismos del
Estado, así como de las diversas fuerzas sociales y políticas nacionales.
Acuerdo
de paz firme y duradera
La importancia del Acuerdo de Paz Firme y Duradera
radica en constituir el instrumento jurídico por medio del cual se pone fin a
un conflicto armado de más de tres décadas, el segundo más antiguo de América
Latina. O sea que constituye el medio formal por el que se logra hacer realidad
la dimensión negativa de la noción amplia de paz: la ausencia de conflicto
armado. Así como sirve de medio formal para dar culminación al enfrentamiento
armado, también es el medio legal fundante para el inicio de un proceso
incesante de construcción de la paz en sentido amplio, o sea una paz con
dimensiones positivas.
Acuerdos de Paz.
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